Por Alba Tamara Gómez, licenciada en Economía, técnica de personas y generación de talento
La movilidad laboral está experimentando una transformación sin precedentes. La evolución de las ciudades, la expansión urbana y la distancia creciente entre los lugares de residencia y los centros de trabajo han derivado en trayectos cada vez más largos y complejos. En este nuevo escenario, la gestión de los desplazamientos laborales deja de ser un mero trámite logístico para convertirse en un pilar esencial de la salud laboral, la sostenibilidad ambiental y la igualdad de género.
Un Plan de Movilidad Sostenible y Segura es un conjunto estructurado de medidas y estrategias diseñadas para gestionar racionalmente los desplazamientos. Su objetivo es garantizar desplazamientos seguros, eficientes y respetuosos con el medioambiente, reduciendo tanto la exposición a los accidentes de tráfico (in itinere y en jornada) como el impacto ambiental de la huella de carbono.
Se trata, por ejemplo, de fomentar la movilidad activa a través de los desplazamientos a pie y en bicicleta, priorizar el transporte público y compartido pero, también, en lo que concierne al ámbito laboral, de optar por soluciones de teletrabajo y flexibilidad horaria que eviten desplazamientos innecesarios.
La reciente entrada en vigor de la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible (BOE de 4 de diciembre) marca un hito en el ámbito laboral al integrar la movilidad sostenible como materia obligatoria en la negociación colectiva. En consecuencia, todos los convenios y acuerdos cuyo proceso negociador se haya iniciado con posterioridad al 5 de diciembre de 2025 deben incorporar dichas medidas, fijando como fecha límite obligatoria el 5 de diciembre de 2026.
¿A quién obliga este plan? Básicamente, a empresas y entidades públicas cuyos centros de trabajo superen las 200 personas empleadas o más de 100 por turno. La norma contempla infracciones leves por falta de plan o informes de seguimiento con multas de 101 € a 2000 €.
La perspectiva de género en la elaboración del plan
Para dar cumplimiento a la ley de forma efectiva, las organizaciones que deseen implementar el Plan de Movilidad sostenible deben seguir una metodología (a semejanza de los Planes de Igualdad), que tiene el diagnóstico con perspectiva de género como uno de sus ejes claves: el documento debe recoger datos desglosados por sexo sobre distancia, modos de transporte, tiempos y horarios. Además, en su implantación tiene que ajustar horarios y turnos para facilitar la conciliación.
La integración de la perspectiva de género en la gestión de la movilidad responde al cumplimiento de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo (2023-2027) y la Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad.
Las pautas de desplazamiento de mujeres y hombres presentan diferencias sustanciales debidas a factores sociales, ocupacionales y a la persistencia de la doble jornada:
- Patrones de viaje complejos: Las mujeres realizan con mayor frecuencia desplazamientos polisincrónicos o con paradas intermedias (colegios, compras, atención a familiares).
- Mayor uso del transporte público y a pie: El uso del vehículo privado predomina de manera clara en los hombres, lo que requiere de diagnósticos específicos en materia de seguridad, accesibilidad y tiempos.
- Prevalencia diferenciada de la siniestralidad: Mientras que los hombres registran una mayor tasa de siniestralidad mortal y grave en jornada (asociada a sectores masculinizados como transporte, industria pesada o construcción), las mujeres presentan un porcentaje significativamente superior de accidentes laborales in itinere.
En toda España, los accidentes en jornada están fuertemente masculinizados debido a una mayor presencia de hombres en sectores con alta exposición a riesgos físicos directos. Por el contrario, las mujeres constituyen el colectivo más afectado por la siniestralidad vial en los trayectos de ida o vuelta al trabajo (in itinere). En este ámbito, el sector servicios es el que acumula el mayor número absoluto de percances, un fenómeno derivado del mayor índice de feminización de esta actividad, la prevalencia de la doble jornada y la rigidez horaria asociada a los turnos partidos.
Dado que la prevención no es neutra y las desigualdades del mercado laboral condicionan una exposición desigual a los riesgos, resulta imprescindible abordar la seguridad y salud laboral con perspectiva de género. Para ello, es necesario adaptar la organización del trabajo, los horarios y los desplazamientos a las necesidades reales de toda la plantilla. Asimismo, promover la conciliación y la corresponsabilidad reduce el estrés psicosocial y las prisas, lo que contribuye de forma directa a prevenir los accidentes de tráfico. En este sentido, la coordinación entre el Plan de Prevención de Riesgos Laborales y el Plan de Igualdad es clave para garantizar un entorno laboral seguro, saludable y equitativo.

