LAS PRISIONES ESPAÑOLAS, DESDE UNA PERSPECTIVA DE GÉNERO

LAS PRISIONES ESPAÑOLAS, DESDE UNA PERSPECTIVA DE GÉNERO

Por Ana López Cano, doctoranda en el programa de Derecho y Ciencias Sociales por la UNED, trabajadora social y Máster Universitario en Sociología aplicada a problemas sociales. Forma parte de la red de Investigadoras “Sin Rejas” en la que el tema principal son las mujeres encarceladas, su principal tema de investigación.

La mujer representa tan solo un 7-8% de la población reclusa en España y esta cifra se mantiene constante desde hace varios años. A pesar de ser una cifra baja, es más alta que en el resto de Europa, donde se sitúa alrededor del 5%. En primer lugar, es importante entender que las cárceles están creadas por y para los hombres, es decir, carecen en su composición y trato de una perspectiva de género. Esto provoca que la mujer sea considerada la última pieza con la que intervenir, por lo que la perspectiva de género acostumbra estar ausente en los espacios penitenciarios. Por lo general, las presas se encuentran en módulos de mujeres en prisiones de hombres. Esto se traduce en una inadecuación de las estructuras, de la intervención y del tratamiento. Al ser una minoría, son ellas las obligadas a adaptarse a la mayoría masculina. Un ejemplo de esto es que los hombres se sitúan por tipos de módulos, dependiendo del tipo de delito, de si son preventivos o condenados, de su comportamiento... En cambio, en el caso de las mujeres, al estar en un solo módulo, se encuentran todas las tipologías juntas. En cuanto a los recursos institucionales ofrecidos a las mujeres en prisión, a menudo reproducen los roles de género más tradicionales de la sociedad mediante trabajos y formas de ocio feminizadas, siendo la costura y la peluquería los trabajos por excelencia en las cárceles de mujeres. En cambio, a los hombres se les ofrecen trabajos de carpintería, mecánica…, con una diversidad de ocupaciones notablemente mayor.

Tipología delictiva de las mujeres en prisión

La edad media de las mujeres encarceladas se encuentra entre los 41 y los 61 años y el nivel socioeconómico que presentan es bajo, es decir, suelen ser pobres. En cuanto al nivel educativo, se sitúa en escalones muy bajos. Además, existe un porcentaje demasiado alto de mujeres analfabetas. Hasta agosto de 2016 el delito más presente en las mujeres en las prisiones españolas era el delito Contra la Salud Pública (C.S.P.). A partir de septiembre de 2016 se coloca en primer lugar el delito Contra el Patrimonio y el orden Socioeconómico, entendido como los robos en sus varias formas agravantes de condena. La mujer privada de libertad, en un tanto por ciento muy elevado, el 72,53% de las condenadas, ha llevado a cabo un delito CSP o Contra el Patrimonio, frente a una minoría que ha cometido delitos violentos. Esta, doblemente discriminada, suele ser defensora y encubridora de delitos llevados a cabo por hombres. Se tenía la idea de que conforme la mujer se fuera incorporando más al proceso productivo sería más punitiva, pero la realidad es otra, y la cifra de mujeres que acaban encarceladas se mantiene constante pese a los numerosos cambios de la sociedad española en los últimos años. Hay que tener en cuenta en todo este panorama que el concepto del delito presenta un patrón masculinizado, por lo que a las mujeres delincuentes se las considera “descarriadas”, por no hablar del caso de las madres, vistas como “malas madres” por una mayoría de la sociedad que, más allá de ver el contexto real de cada una de estas mujeres, tiene una concepción del delito aprendida por medio del populismo punitivo que se muestra en los mass media y en las campañas de seguridad ciudadana expuestas por los agentes políticos de corte neolibera. Por supuesto, en este tipo de consideraciones también entrarían los estereotipos de género que hemos ido adquiriendo durante siglos en torno a lo masculino y lo femenino. En ese sentido, en el caso español también la mujer se ve condicionada por el catolicismo, el franquismo y la concepción que se tiene del delito visto como pecado y doblemente recriminado a la mujer. Teniendo en cuenta dichos condicionantes, los delitos violentos o que atentan contra la familia son considerados antinatura, debido a esa concepción que se tiene de lo femenino, que relega a las mujeres al plano reproductivo y de cuidados y sentires.

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